viernes, 31 de agosto de 2007

FELICIDADES A TODOS !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

XIN CHÀO !!!

Por fin ha llegado la esperada firma del convenio !!!!!!
A partir de ahora empezaremos a conocer detalles sobre los requisitos del proceso de adopción para las familias españolas.
Futuros papás y mamás .......dentro de poco empezaremos a ver caritas de peques vietnamitas en el blog .........QUE GRANDE !!!!!!!!!!!
Un abrazo a todas las famílias, que como nosotros, esperabáis éste momento desde hace mucho tiempo !!!

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola soy mercedes,, que feliz estoy de contar con vosotros.

Os hago una pregunta que también hago en el foro, bueno copio el mensaje desde el foro, porque ahora mismo no sé muy bien por donde andamos..

A ver ahora ya con la cabeza sobre los hombros.

"ha autorizado la firma del convenio así como su aplicación provisional"

Significa que hoy ya se ha firmado? o Significa que se autoriza el acto de la firma y que este acto será posterior a hoy?

Y SOBRE TODO ESTE PARRAFO

Este Convenio prevé su aplicación provisional noventa días después de
la firma y entrará en vigor treinta días después de las fecha de la
recepción de la última notificación escritas de ambos países.

PORQUE SI SE HA FIRMADO HOY sólo hay que esperar 3 meses para que todo ruede.. O SI NO SE HA FIRMADO hoy tenemos que esperar hasta la dichosa firma + tres meses

OTRA COSA.. en cuanto a la entrada en vigor, a efectos practicos no es tan importante, verdad? porque para eso ya está la aplicación provisional?

Gracias todoadopción, ni qué decir tiene que esta pagina ha sido importantisima para nosotros.

Besos, besos y más besos

Todo Adopción dijo...

Hola Mercedes.
Gracias a ti por ser el alma del foro !!!
y tambien gracias a todas las familias que han depositado nuestra confianza en nosotros.
Es un dia importante para todos y debidamente lo celebraremos.
En cuanto a tus preguntas, Mercedes, pensamos lo siguiente:
el gobierno ha autorizado a firmar el convenio que ya debe de estar redactado y preparado para la firma.
si te fijas, en el texto se habla del "acuerdo" como si fuera un hecho consumado por lo que interpretamos que solamente queda la firma protocolaria.
sobre los plazos de aplicación, hemos de tener en cuenta que éste acuerdo ha de publicarse en el BOP y hay que dar un plazo para posibles alegaciones.
Es muy positivo que se comenten los plazos para la aplicación provisional de dicho acuerdo pues ésto nos hace pensar que la firma és inminente.
Un abrazo.